Fiscal: recargos por extemporaneidad sin requerimiento previo

Nuestro socio Director, Rafael Núñez, ha aparecido en el medio Law & Trends en el cual analiza las principales modificaciones introducidas por la Ley 11/2021, de 9 de julio de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal con motivo de la trasposición de la Directiva 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, modificando la previa Ley Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. De este modo, se reforma el sistema de recargos por extemporaneidad sin requerimiento previo en beneficio de un sistema de recargos crecientes, fundamentado en sumar un 1 por ciento por mes adicional de retraso hasta llegar a los doce meses.

Los recargos por extemporaneidad sin requerimiento previo representan prestaciones secundarias que tienen que satisfacer los obligados tributarios como resultado de presentar autoliquidaciones o declaraciones al margen del plazo establecido.

Se califica como requerimiento previo a cualquier actividad desempeñada por la Administración tributaria con conocimiento formal del obligado tributario destinada al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento o liquidación de la deuda tributaria.

En cualquier caso, estos recargos por extemporaneidad son de índole resarcitoria, no sancionadora.

En conformidad con la reciente actualización del artículo 27.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, modificada por la Ley 11/2021 de 9 de julio de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, el contribuyente:

  • por cada mes completo de retraso desde haber finalizado el plazo para la presentación e ingreso de la autoliquidación o declaración: recargo del 1 por ciento más otro 1 por ciento adicional por cada mes completo.
  • Transcurridos 12 meses desde el fin del plazo para la presentación e ingreso de la autoliquidación o declaración: recargo del 15 por ciento.

Si desea conocer sobre qué importes se calculan ahora los recargos por extemporaneidad y las novedades acerca de los intereses de demora, puede leer el artículo completo de Law & Trends haciendo clic aquí.

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