El pasado 6 de julio de 2021 se publicó el Anteproyecto de la Ley del fomento del ecosistema de las empresas emergentes, que pretende abordar y establecer un marco jurídico específico para apoyar y fomentar estas empresas a las que comúnmente se conoce como startups. La materialización de este Anteproyecto de Ley puede suponer un gran impulso respecto de la situación de este tipo de empresas en España, que en los últimos años han ido adquiriendo cada vez más importancia.
Los objetivos que se pretenden lograr con la elaboración del Anteproyecto son, entre otros, el fomento de la creación y deslocalización de nuevas empresas en España, la atracción de capital y talento extranjero, el estímulo de la inversión pública y privada y la atracción de nuevas empresas e inversores.
A efectos del Anteproyecto, se considerarán startups a las empresas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Empresas no cotizadas de cinco años de antigüedad (siete en el caso del sector de la biotecnología, la energía o industrial),
- Con establecimiento y plantilla del 60% en España,
- Que no hayan distribuido dividendos y que tengan carácter innovador.
En el anteproyecto, con el fin de impulsar este tipo de empresas, entre otras medidas, se prevén una serie de beneficios fiscales:
- Tipo del impuesto de sociedades a un 15% en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en los tres siguientes, siempre que la empresa mantenga la condición de empresa emergente.
- Posibilidad de aplazamiento en el pago de deudas con la Administración durante los siguientes dos años al comienzo de su actividad.
- Modificación del tipo de deducción por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación al 40 por ciento y aumento de la base máxima de deducción a 100.000 euros anuales.
- Supresión de la obligación para los inversores en startups no residentes en España de obtener un número de identificación de extranjero (NIE). En este sentido, será suficiente con presentar el número de identificación fiscal.
En el ámbito societario, se flexibiliza la generación de autocartera para su retribución a los accionistas, empleados u otros colaboradores, estableciéndose el límite máximo de acciones en autocartera en el 20%. Asimismo, se exige la previsión y aprobación en los estatutos de esta forma de retribución.
Adicionalmente, se prevé la creación de un sistema estatal al emprendimiento que fomente la creación de empresas emergentes en España y promueva su expansión internacional.
Por lo expuesto, como se ha podido observar, dados los beneficios que supondría la aprobación del Anteproyecto para las startups, conviene seguir la evolución en la tramitación parlamentaria de este texto. Desde Next Abogados, seguiremos informando de ello y, a su vez, quedamos a su completa disposición para resolver las dudas que le puedan surgir, contando con profesionales expertos que les pueden asesorar en la materia.
Carlos Martín
Next Abogados