La Reforma del Sistema de Cotización de los Autónomos

Desde hace un tiempo el Gobierno viene reclamando el cambio en el sistema de cotización de los autónomos. Ante la posibilidad de elección de la base de cotización, la mayor parte de los autónomos en nuestro país eligen cotizar por la base mínima, pagando ahora una menor cuota mensual a la Seguridad Social y perjudicando su pensión futura. Así, con la intención de asemejar cada vez más el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con el Régimen general de la Seguridad Social, se establecieron negociaciones entre el Gobierno y los Agentes Sociales con un borrador en el que se planteaba una cotización por ingresos reales obtenidos.

El sistema se basaba en lo siguiente: trece tramos de cotización en función de los ingresos obtenidos, que abarcarían unas cuotas mensuales desde los 90 euros, hasta los 1.220 euros para aquellos ingresos superiores a los 48.841 euros al año. Este régimen es transitorio, y alcanzará su plena eficacia en 2032.

Durante estos nueve años (el régimen comenzaría a aplicarse en 2023), se establece una cotización intermedia que abarca desde los 200 euros mensuales de cuota para los ingresos inferiores a 3.000 euros anuales, hasta los 400 euros de cuota mensuales para aquellos ingresos superiores a los 48.841 euros al año. El problema deriva en que, en un primer momento, al inicio de su aplicación en 2023, el sistema introduce fuertes saltos de cotización para el autónomo, pues en el caso de los ingresos más inferiores, ubicados en 3.000 euros al año, el autónomo pagaría una cuota de 2.400 euros anuales, lo que supone una cotización a la Seguridad Social del 80% de los ingresos obtenidos. En el caso contrario, para los ingresos más elevados que superen los 48.900 euros, supondría una cotización anual del 10,2% de sus ingresos. Como puede observarse, existe una diferencia muy marcada que perjudica de forma inicial a las rentas más bajas, mientras que, en el futuro, cuando acontezca el pleno despliegue de la reforma, supondrá una cuota más elevada para las rentas más altas.

Ya en la formalización de esta propuesta en el Acuerdo Social firmado en julio de este año entre el Gobierno y los Agentes Sociales para la reforma de las pensiones, se introdujeron las primeras menciones oficiales de dichos tramos transitorios, así como la obligación de cotizar por aquella cifra de ingresos que realmente se obtengan cuando estos sean superiores o inferiores a la base mínima de cotización.

Por lo tanto, es importante tener en cuenta los cambios que se avecinan en este sector y que pueden afectar, entre otras cosas, a la rentabilidad y estructuración de nuestro negocio, y por supuesto, a la planificación de las pensiones futuras.

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